Una medida para trabajadores dependientes o independientes que pierdan su empleo o tengan incapacidad laboral y que hayan adquirido sus viviendas a través del Subsidio de Clase Media (DS1) con crédito hipotecario o en el Programa de Integración Territorial, anunció el MINVU, en medio de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19. Se trata del uso del Seguro de Desempleo, que favorece a aproximadamente 85 mil beneficiados a lo largo del país.
El ministro Cristián Monckeberg destacó que el Gobierno está dando seguridad a todas las familias en estos complejos momentos por los que atraviesa el país, y aseguró que “sabemos que estamos pasando por momentos difíciles, donde el Coronavirus nos ha puesto en un escenario complejo. Sin embargo, queremos brindarles todas las herramientas posibles a las familias para hacer menos pesada la mochila. Esto habla del compromiso del Gobierno con ellas, financiando un seguro de cesantía que podrán aplicar si se han visto afectados por una situación laboral inestable”.
La autoridad del Minvu añadió que “estamos buscando dar protección, acompañamiento y seguridad a las familias que necesitarán ayuda para los momentos que se avecinan”.
Al respecto el Seremi de MINVU Tarapacá, Carlos Prieto, comentó. “Este seguro se podrá ocupar en caso que los trabajadores dependientes pierdan el empleo o trabajadores independientes tengan incapacidad laboral. Cubrirá el pago de seis meses del dividendo, pudiendo aplicarse nuevamente la cobertura si el asegurado vuelve a caer en situación de cesantía involuntaria o de incapacidad temporal luego de 6 meses de haber mantenido un trabajo”.
En la actualidad, existen 84.810 personas que tiene un subsidio estatal con crédito hipotecario, y que serían eventuales beneficiados con el seguro de cesantía en el país. Ya en 2019 un total de 6.783 personas activaron el seguro, mientras que en lo que va de este año 1.808 beneficiarios han hecho uso del beneficio.
Los interesados deberán informar y denunciar la ocurrencia del desempleo al banco correspondiente, dentro de un período máximo de 180 días corridos contados una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del siniestro, salvo caso fortuito o causa mayor. Más información en www.minvu.cl.