Subsidio para Sectores Medios permitirá acceder a viviendas de mayor precio en la región
Aumento en el tope del precio de viviendas adquiridos con el programa de vivienda DS1 se hará efectivo a partir del segundo llamado de 2016.
Una buena noticia para todos los usuarios que estén postulando al Subsidio para Sectores Medios de Minvu. Se trata del aumento del tope del precio de las viviendas adquiridas con el beneficio que entrega el programa de vivienda DS1, Subsidios para Sectores Medios de 2.200 a 2.400 Unidades de Fomento.
El beneficio está dirigido a las familias de sectores medios que no son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios y permite a las familias seleccionadas contar con un apoyo para adquisición de viviendas nuevas o usadas y construcción de viviendas en sitio propio, a lo largo de todo el país.
El Subsidio para Sectores Medios de Minvu, consta de tres alternativas según su puntaje en la Ficha Social y requerimientos de vivienda: Título 0, para familias emergentes no sujetos de crédito hipotecario que cuenten con ahorro para adquirir una vivienda de hasta 800 Unidades de Fomento ($20.000.000, aprox.) y tengan un puntaje máximo en la Ficha Social de 11.734 puntos; Título I, familias emergentes que puedan acceder a un crédito hipotecario para comprar una vivienda de hasta 1.000 Unidades de Fomento ($25.000.000 aprox.) y tengan un puntaje máximo en la Ficha Social de 13.484 puntos. Los adultos mayores podrán postularse hasta con 14.455 puntos en la Ficha de Protección Social.
El Título II, en tanto, está dirigido para familias del sector medio, las que deberán acreditar un ahorro de 50 U.F. mínimo, además de poseer condiciones para solicitar un crédito hipotecario para adquirir una solución habitacional de hasta 2.400 Unidades de Fomento.
Los requisitos generales de postulación son: ser mayor de 18 años, contar con el ahorro requerido, no ser propietario de vivienda o sitio el postulante ni su cónyuge, salvo que acredite que va a construir en dicho terreno; no haber sido beneficiario de subsidio habitacional o tener alguno vigente.